ADP advierte que proyecto para descontar salarios a docentes por actividades gremiales viola la Constitución y convenios internacionales.
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El sindicato de los maestros remitió una carta a la Cámara de Diputados, a través de la Comisión Permanente de Educación, en la que advierte sobre las graves violaciones constitucionales, legales e internacionales que, a su juicio, contiene un proyecto de resolución sometido por el diputado Nicolás Hidalgo.
La Asociación Dominicana de Profesores (ADP) expresó su enérgico rechazo a la iniciativa legislativa, mediante la cual se procura instruir al Ministerio de Educación (MINERD) a descontar del salario de los docentes las ausencias derivadas de su participación en actividades gremiales.
El presidente de la ADP, Eduardo Hidalgo, calificó el proyecto como una medida de carácter antisindical, al imponer consecuencias económicas a los maestros por ejercer su derecho a participar en actividades gremiales.
“El proyecto de resolución vulnera derechos fundamentales protegidos por los artículos 47 y 62 de la Constitución de la República; contradice las disposiciones contenidas en los artículos 141 y 142 de la Ley General de Educación núm. 66-97, y resulta incompatible con los Convenios 87, 98 y 151 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”, afirmó Hidalgo en una carta dirigida a la Cámara de Diputados de la República Dominicana, vía la Comisión Permanente de Educación.
En la misiva, firmada por el presidente de la ADP, el sindicato fundamenta su posición en consideraciones de orden constitucional, legal e internacional, al entender que la iniciativa afecta derechos fundamentales protegidos por la Constitución de la República, la Ley General de Educación núm. 66-97 y diversos convenios de la OIT ratificados por el Estado dominicano.
Hidalgo sostuvo que la propuesta viola el artículo 47 de la Constitución dominicana, que garantiza el derecho de libre asociación para fines lícitos.
“Las organizaciones sindicales constituyen una de las expresiones más importantes del derecho de asociación reconocido por el Estado social y democrático de derecho. La propuesta busca imponer consecuencias económicas negativas a quienes participen en actividades sindicales, afectando el ejercicio efectivo de dicho derecho fundamental”, puntualizó.
Asimismo, precisó que la iniciativa también contraviene el artículo 62 de la Constitución, el cual reconoce expresamente la libertad sindical, la negociación colectiva, el derecho de huelga y la organización libre y democrática de los trabajadores.
“La resolución procura calificar de manera automática las actividades gremiales como ausencias injustificadas, generando una sanción económica inmediata que limita el ejercicio de los derechos colectivos protegidos por la Constitución”, argumentó el presidente de la ADP en su comunicación al órgano legislativo.
Además, señaló que la propuesta desconoce el marco legal especial que regula la participación gremial del magisterio, establecido en los artículos 141 y 142 de la Ley General de Educación núm. 66-97.
“La ADP constituye precisamente la organización gremial mayoritaria del magisterio nacional y ejerce funciones reconocidas por el propio ordenamiento jurídico”, indicó Hidalgo.



