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El Ministerio de Trabajo reitera a toda la colectividad empresarial y trabajadora de la República Dominicana que el Día del Trabajo, que se conmemora el miércoles 1 de mayo, es laborable y el feriado se cambia para el lunes 29 de abril.

La clase trabajadora debe reintegrarse a sus labores cotidianas el martes 30 de abril, según lo establece la Ley 139-97, atendiendo a la aplicación de los días feriados.

La celebración de esta fecha, de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.

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